Editorial El Copista ©2004 |
NUEVAMENTE EN LAS LIBRERÍASÍNDICE
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Mis artículos en “La Prensa” del 15 de marzo de 1990 y en “El Informador Público” en enero, febrero y marzo de 1993 referidos al tema de este libro. La desorientación actual de los argentinos. Génesis explicativa: del 25 de mayo de 1973 al 24 de marzo de 1976: tentativa de mantener una política económica de valores agregados. Opiniones de Carlos Saavedra Lamas (primer premio Nobel argentino) en 1927 y de Robert Moss (escritor británico) en 1976. Métodos de Lord Franks y de Harry S. Ferns propuestos para consumar la política de “Masacre y Éxodo” que ejecutó el gobierno del “Proceso” (24-III-1976 al 10-XIII-1983). La Deuda Externa dejó a la Argentina a merced a la Ley del Acreedor y la Guerra de Malvinas dejó a la Argentina a merced de la Ley del Vencedor. El Derecho: la Sistematización de la Fuerza para fines Racionales de Justicia. Argentina sin Fuerzas Armadas es Argentina sin Derecho Nacional sometida al arbitrio del Derecho Extranjero. El Profesionalismo Integrado: primera vez en la Historia Argentina oficiales superiores de las Fuerzas Armadas toman a su cargo la conducción de la economía bajo la dirección de un ministro intelectual y civil: el Dr. Emilio Mondelli. La Involución Demográfica Argentina: tesis de Vitorio Orsi, subsecretario de Planeamiento del Ministerio de Economía. La Nación Argentina conquistada por los anglosajones sin disparar un solo tiro.
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Capítulo
I: TEXTO DEL ACUERDO (TRATADO) ANGLO–ARGENTINO DE MADRID FIRMADO EL 15 DE
FEBRERO DE 1990.
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Capítulo
IV: EL TRATADO ANGLO – ARGENTINO DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE INVERSIONES
FIRMADO EN LONDRES EL 11 DE DICIEMBRE DE 1990 – TEXTO OFICIAL:
Su
tratamiento en el Congreso Argentino:
1.
Antecedente: mensaje del Poder Ejecutivo.
2.
Consideración, discusión y sanción de la Cámara de Diputados.
a)
Dictamen de las Comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Economía.
Proyecto
de ley
b)
Dictamen en minoría del diputado nacional doctor Luis Zamora (disidencia
total)
Informe
c)
Discusión y sanción en la Cámara de Diputados.
3.
Consideración, discusión y sanción en la Cámara de Senadores.
4.
Promulgación por el Poder Ejecutivo y publicación con el número de ley
24.184.
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Transferencias
del Poder de la Nación Argentina como consecuencia de estos Tratados (el de
Madrid y el de Londres): Poder Energético, Poder Financiero, Poder sobre los
Medios de Transporte, Poder sobre los Medios de Comunicación, Poder sobre las
Materias Primas, Poder sobre las Universidades, Poder sobre las Fuerzas Armadas,
Poder sobre los Servicios Públicos, Poder sobre el Trabajo y los Salarios,
Retribuciones y Remuneraciones. Criterio del Duque de Edimburgo sobre esta
materia: “La esclavitud no es más que
un sistema de trabajo dirigido y de beneficios marginales.” Poder sobre la
vida
de los argentinos
a través de la extensión de la jornada horaria de trabajo. Poder sobre las
Empresas Extractivas de Materias Primas, de Manufacturas y de Servicios. Cláusula
de la Nación más Favorecida otorgada a los británicos: sus consecuencias
sobre el Derecho Económico Internacional de la República Argentina.
Controversias entre el inversor británico y el país receptor de inversiones
(Argentina). Todos los habitantes no han de ser iguales ante la Ley.
Interpretación y aplicación del Tratado. Aplicación de la norma jurídica más
favorable a la parte inversora. Extensión del Tratado a otros países del
Commonwealth. Subrogación. Entrada en vigor. Duración. Conclusiones: los
grilletes económicos a la Argentina. Ayer los suscribió Manuel José García con Rivadavia y con Rosas; hoy los firmó Domingo
F. Cavallo con el gobierno del “Proceso” y con el gobierno del
presidente Menem.
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Capítulo VI: EL
CONTROL DEL ATLÁNTICO SUR: OBJETIVO BRITÁNICO LOGRADO POR LOS TRATADOS DE PAZ
CONCERTADOS CON GRAN BRETAÑA POR LA GUERRA DE LAS ISLAS MALVINAS.
El
control del Atlántico Sur:
I)
4 y 5 de septiembre de 1990, Río de Janeiro.
Primera
reunión del “Grupo de Trabajo Argentino-británico sobre asuntos del Atlántico
Sur.”
II)
12 al 14 de noviembre de 1990 y del 23 al 24 de noviembre de 1990,
Madrid.
Segunda
y tercera reunión del “Grupo de Trabajo Argentino-británico sobre el Atlántico
Sur.”
III)
28 de noviembre de 1990, Buenos Aires y Londres.
Primera
reunión de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur.
Declaración
conjunta sobre la conservación de recursos pesqueros.
IV)
Anexo a la Declaración Conjunta de los gobiernos de la República
Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte del 28 de
noviembre de 1990 sobre conservación de recursos pesqueros.
V)
Primer viaje de los familiares de los soldados argentinos muertos en la
guerra y sepultados en el Cementerio Británico de las Islas Malvinas (18 de
marzo de 1991).
VI)
21 y 22 de marzo de 1991, Montevideo.
Cuarta
reunión del “Grupo de Trabajo Argentino-británico sobre los asuntos del Atlántico
Sur.”
VII)
20 y 21 de mayo de 1991, Buenos Aires
Primera
reunión de la “Comisión de Pesca del Atlántico Sur.”
VIII)
25 de septiembre de 1991, Buenos Aires y Londres.
Declaración
conjunta modificando los Acuerdos de Madrid.
IX)
4 y 5 de diciembre de 1991, Londres.
Segunda
reunión de la “Comisión de Pesca del Atlántico Sur.”
X)
26 y 27 de febrero de 1992, Buenos Aires.
Primera
reunión del “Grupo Argentino-británico de alto nivel.”
XI)
Comunicado posterior a las reuniones de Londres y Buenos Aires.
XII)
13 y 14 de julio de 1992, Londres.
Segunda
reunión del “Grupo Argentino-británico de alto nivel.”
XIII)
6 de noviembre de 1992, Buenos Aires.
Sexta
reunión del “Grupo de trabajo Argentino-británico sobre asuntos del Atlántico
Sur.”
XIV)
23 y 24 de noviembre de 1992, Londres.
Cuarta
reunión de la “Comisión de Pesca del Atlántico Sur.”
XV)
10 y 11 de diciembre de 1992, Buenos Aires.
Quinta
reunión de la “Comisión de Pesca del Atlántico Sur.”
XVI)
Primer crucero conjunto argentino-británico de investigación científica.
XVII)
25 y 29 de junio, Abuja (Nigeria).
Otros
documentos de importancia vinculados a la cuestión Malvinas fuera de las
relaciones bilaterales.
XVIII)
Ley N° 23.968. Espacios marítimos y plataforma continental.
XIX)
19 de mayo de 1992, Bahamas.
XXII
Asamblea General de la OEA.
XX)
19 de mayo de 1992.
Texto
de la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
XXI)
29 de julio de 1992.
Comité
de descolonización de las Naciones Unidas.
XXII)
18 de diciembre de 1992.
Rechazo
argentino a la decisión unilateral británica de llamar a licitación para la
prospección del área de Malvinas.
XXIII)
21 de septiembre de 1992.
47°
Asamblea General de las Naciones Unidas.
XXIV)
3 de enero de 1993, Buenos Aires.
Comunicado
de prensa del Gobierno argentino con motivo de cumplirse el 3 de enero de 1993,
160 años de la ocupación británica de nuestras Islas Malvinas.
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Capítulo VII:
TRATADO SUSCRIPTO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA
SOBRE LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN RECÍPROCA DE INVERSIONES. Washington, 14 de
noviembre de 1991. Ratificado por Ley 24.124.
Objetivos
geoeconómicos del dólar y de la libra esterlina. El Tratado de Amistad,
Comercio y Navegación entre la Confederación Argentina y los Estados Unidos de
Norteamérica firmado en San José del Uruguay el 27 de julio de 1853. Aspectos
decisivos. El texto del tratado.
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Capítulo
VIII: ¿QUÉ HACE JUAN MANUEL DE ROSAS EN LOS BILLETES DE $ 20?
El
Tratado Arana–Southern del 24 de noviembre de 1849 ratifica el Tratado entre
Gran Bretaña y las Provincias Unidas del 2 de febrero de 1825 y establece que
Gran Bretaña ofrece sus buenos oficios para que Francia desaloje el Río de la
Plata. El Tratado Arana-Le Predour
del 31 de agosto de 1850 determina que Francia reconoce los ríos interiores de
la Confederación Argentina como ríos Argentinos (con la franquicia que tienen
los buques ingleses de arribar con exclusividad a esos “ríos”,
“parajes” y “puertos” conforme al art. II del Tratado del 2 de febrero
de 1825). La obsecuencia de Rosas a los británicos: a) Decreto del 16-VII-1839
adjudicando el Escudo Nacional creado por la Asamblea General Constituyente de
1813 al cónsul comercial británico Sir Woodbine Parish, como escudo nobiliario
para él y sus descendientes;.b) Decretos de luto
obligatorio para los empleados civiles y para los “empleados militares”
en señal de duelo por la muerte de miembros de la Casa Real de Gran Bretaña :
27-IX-1830; 12-V-1835; 6-X-1837; 12-XII-1840; 11-VIII-1843; 7-V-1845; 5-IV-1850
y 23-XI-1850. c) Rosas aborrecido por la mayoría de los ciudadanos argentinos y
admirado por los residentes ingleses en el país, conforme al testimonio del
escritor anglo argentino Guillermo Enrique Hudson. Rosas símbolo del
tratamiento más cruel para quienes intenten aventar los intereses británicos.
¿Una advertencia?
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Capítulo IX:
EXHORTACIÓN FINAL
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Capítulo X: EL
DEVENIR DE 1995.
Los
ciclos de la Deuda Externa. La Deuda Externa al 8 de Julio de 1989.
Transferencia de monopolios estatales argentinos a monopolios británicos.
Capitales de otras naciones excluidos. El capital británico en las provincias.
La Deuda Externa en 1995. La convertibilidad en dólares: mecanismo para
despojar a los argentinos de sus bienes personales. El desalojo de los
argentinos. Influencia británica en la digitación de las candidaturas
presidenciales.
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ANEXOS.
Decreto
de Emisión de Títulos Públicos para pagar el precio de los bienes del Estado
Nacional que se privaticen.
Convenio
YPF (privatizada) British Gas. Negocios ingleses después del Malvinas.
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Capítulo XI: POST
SCRIPTUM
El
Ejército y las demás Fuerzas Armadas han quedado condicionados y en cierto
modo subordinados a Gran Bretaña (Art. 5, Anexos I, II, III y IV) del acuerdo
de Madrid del 15 de febrero de 1990). El patrimonio del Estado nacional
argentino ha sido totalmente entregado sin contraprestaciones en dinero. Deuda
Externa apócrifa por patrimonio genuino. Ley 23.696. El patrimonio enajenado es
pagado con títulos de la Deuda Externa, fraguada, que impusieron el
“Proceso” y los gobiernos subsiguientes y no en dólares billetes
norteamericanos. Se pagan deudas con más deudas. El desempleo es el más alto
de Iberoamérica. La integración de América latina (Mercosur) y las relaciones
con la Comunidad Económica Europea serán materia de consulta permanente con
Gran Bretaña. Buenos Aires, Ciudad Autónoma como Hong Kong. Una banda musical
para la Reina. El Tratado de Versailles. Ejercicios navales con británicos.
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Capítulo XII:
DOCUMENTO FINAL QUE RELATA EL INVEROSÍMIL COMIENZO DE ESTA HISTORIA.
Facsímil
de la carátula del Sumario instruido al Teniente Coronel de Marina José María
Pinedo, Comandante de la Corbeta de Guerra “Sarandi”, en 1833 con motivo de
la primera invasión británica a las Islas Malvinas. Aspectos decisivos de este
Sumario que se publican por primera vez:
Ø
El Comandante de la
Corbeta de Guerra “Clío”, expresa al Comandante de la Corbeta de Guerra
“Sarandi” Tte. Cnel. Don José María Pinedo lo siguiente:
·
“Que el creía
que la toma de las Malvinas había sido negociada entre ambos gobiernos”
(Buenos Aires y Londres).
·
“Que lo atribuía
a cuestiones que había con los norteamericanos.”
·
“Que él, después
de cumplir con sus órdenes daba vela para Buenos Aires.”
·
“Que la amistad y
el comercio seguían como siempre.”
Ø
El Comandante de la
“Sarandi”, Tte. Cnel. José María Pinedo dice:
·
“Que mis oficiales, exceptuando uno, eran ingleses y toda mi tripulación.”
·
“Me contestaron todos a una que ellos eran ingleses y pertenecían a
esa misma marina que habían servido, que no podían hacer fuego a su pabellón...”
·
“Que las instrucciones que se me dieron me prohibían hacer fuego a
ningún buque de guerra extranjero.”
·
“Que yo era el que tenía que romper el fuego y con una nación en paz
y amistad con la República Argentina.”
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